El mediador o la mediadora es una persona que ha recibido capacitación en técnicas de mediación y está inscrita en el Consejo Nacional de la Judicatura.
La mediación es un proceso voluntario, es decir no se puede obligar a nadie a participar en una mediación, sino que debe ser por mutuo acuerdo. Un juez puede disponer una mediación, pero se realiza solamente si las partes la aceptan.
Otra característica importante de la mediación es la confidencialidad. Esto implica que el mediador o la mediadora no puede intervenir en un proceso judicial relacionado con el conflicto, ya sea como árbitro, abogada, asesor, apoderada o testigo de alguna de las partes.
Además, es importante destacar que el mediador no tiene poder sobre las partes: Un mediador nunca puede imponer una decisión. En la mediación son las partes las que deciden la solución y los acuerdos. El mediador o la mediadora, equilibra el desbalance de poder de los disputantes y les ayuda para expresar sus intereses. Luego apoya para explorar probables salidas e incluso muchas veces, sugiere fórmulas de acuerdo, que deberán ser aceptadas de manera libre únicamente por las partes.
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